El montaje global de los proyectos - Derecho de financiación
Teniendo en cuenta en particular el montaje en
financiación de proyecto, una
entidad es formada por los promotores del proyecto que serán
inversores en la sociedad así creada. La sociedad de inversión
es a menudo la que asocia a los operadores e inversores
extranjeros a un operador y a inversores locales. Podrá ser una
sociedad de derecho privado o una sociedad de economía mixta. Un
pacto de accionista define las obligaciones y responsabilidad
como los derechos de los socios. La creación de una estructura
específica es por otra parte uno de los elementos del aspecto
sin recurso o a recurso limitado del montaje en financiación de
proyecto que tiene por objeto aislar a los promotores del riesgo
de la operación. Los financieros de la operación y también los
promotores se reservan de los derechos de control sobre el
funcionamiento de esta sociedad. Esto puede traer para que estén
considerados como dirigentes de hecho o derecho siguiente su
participación en el consejo de administración. El derecho de las
quiebras puede pues destruir los esfuerzos de aislamiento del
montaje contractual ya que se aplica al montaje estructural
cualquiera que sea el derecho elegido.
La financiación se hace en parte en fondo propio y en parte por
endeudamiento. Los fondos propios son aumentados por los
miembros del consorcio que son promotores del proyecto, a menudo
demasiado importantes para un único socio privado. Aportarán
normalmente una proporción de fondo propio entre 20% y un 30%
del capital requerido, el resto será proporcionado por
inversores institucionales, los mercados de capitales y cada vez
más por fondos especializados en la financiación de
infraestructura.
Se financiaron algunos recientes proyectos con una llamada al
ahorro público mientras que estos proyectos implican un factor
de riesgo que no parece conveniente. Era así en particular
debido a la presentación que se había hecho de la inversión como
una inversión de gran seguridad y a causa de las deficiencias
del montaje. Por razones fiscales en particular, se pone una
parte de la inversión hecha en fondo propio a menudo en deuda
subordinada, lo que garantiza un tratamiento en deuda
traduciendo al mismo tiempo el aspecto subordinado con relación
a los acreedores. El montaje incluye pues la estructuración
conveniente dicha en entresuelo y con división entre la deuda
mayor y la deuda subordinada. La eficacia de esta estructura
dependerá del derecho de las quiebras en el país de realización
del proyecto.
La financiación en endeudamiento es proporcionada por bancos
comerciales, organismos de financiación a la exportación de los
países de las sociedades de construcción o los proveedores de
equipamientos materiales, tecnologías o servicios, así como por
organismos internacionales de financiación públicos o privados.
Por otra parte la sociedad concesionaria puede emitir
obligaciones.
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