FAQ : Derecho de familia
ADOPCIÓN
1.) ¿Qué es la adopción?
Es una medida de protección al menor, con la finalidad de
amparar el derecho ha otorgarle una familia que lo eduque los
socorra, le brinde salud y demás derechos fundamentales y
conexos.
2.) ¿Cuál es la autoridad que da la adopción?
El Instituto De Bienestar familia Colombiano.
3.) ¿Hasta que edad se pude adoptar a un niño?
Hasta los 18 años declarado en la situación de adoptante.
4.) ¿Quienes pueden adoptar?
- Las parejas casadas, con más tres años de convivencia continúa.
- Los compañeros permanentes, con convivencia de más de dos años
en forma continua.
- Las personas solteras.
- El guardador del pupilo.
- Los familiares
- Las familias Nacionales
- Las familias colombianas residentes en el exterior.
- Las familias extranjeras.
5.) ¿Qué requisitos generales se necesita para
adoptar?
Que el adoptante tenga 25 años de edad o más.
Tener 15 años más que el adoptante.
No tener impedimento físico o mental, moral y social.
Tener capacidad económica para mantener al menor.
COMO DIVORCIARSE O HACER CESAR LOS EFECTOS
CIVILES DE MATRIMONIO RELIGIOSO ANTE NOTARIO?
1.) Ante que funcionario?
El notario, Que Quieran
2.) Requisitos se necesita.
Mutuo acuerdo de la pareja y estar representado por un abogado.
3.) Documentos que necesito.
- Petición de divorcio o cesación de efectos civiles de
matrimonios religiosos.
- Convenio o compromiso pactado.
- Certificados o Copia de los registros civiles de nacimiento y
de matrimonio.
- Certificado de nacimiento de los hijos.
4.) ¿Que regula el acuerdo o convenio?
La expresión de divorciarse o de que cesen los efectos civiles
del matrimonio religioso. Sobre el cumplimiento de las
obligaciones sobre los derechos entre ellos y los hijos si los
hay.
5.)El tramite ante el defensor de familia?
El notario remitirá el acuerdo sobre los hijos al defensor de
familia conceptuara del acuerdo de derechos y obligaciones para
con los hijos, en un plazo no mayor de 15 días., si no conceptúa
se seguirá adelante con el proceso.
6.) La protocolización.
Se insertan en la escritura pública: La solicitud, el poder, las
copias o certificados de los registros civiles, los convenios y
el concepto del Defensor de Familia.
7.) Registro de la escritura de divorcio o
cesación de efectos civiles del matrimonio religioso.
Una vez inscrita la escritura en el libro de varios, el notario
comunicara al registrador para que haga las respectivas
anotaciones del divorcio.
COMO HACER LA SUCESIÓN ANTE NOTARIA?
1.)¿Dónde debe efectuarse?
En la notaria del ultimo domicilio del causante( difunto)
2.) ¿Quienes pueden?
El cónyuge sobreviviente, herederos: los hijos o los padres, o
hermanos, o uno y otros conjuntamente según el caso
3.) ¿Que requisitos legales se necesitan?
- Todos los interesados deben estar de acuerdo. Es un trámite
voluntario; en caso de existir diferencias entre los interesados,
se debe acudir al juez competente.
- Por lo menos uno de los interesados debe ser mayor de edad,
para optar por el trámite notarial.
4.)¿Que documentos necesito?
- Registros civiles Y cédulas de los interesados para acreditar
parentesco.
- Registro civil de nacimiento y de defunción del causante(s) (Difuntos),
- Escrituras y comprobantes fiscales y/o paz y salvos de
inmuebles si los hubiere.
- Tarjeta propiedad vehículos, comprobante pago impuesto
automotores,
- Prueba del crédito invocado si solicitante fuere acreedor
hereditario,
- Escritura de cesión, si el interesado es cesionario o se han
transferido derechos herenciales,
- Inventario y avalúo de los bienes, etc.
- Poder del abogado.
Nota: Si el matrimonio, o los nacimientos de las personas
interesadas, ocurrieron con anterioridad a Junio 15 de 1938,
podrá aportarse partidas eclesiásticas debidamente autenticadas.
5.)¿ Cuanto Tiempo dura la sucesión?
Si el activo de la herencia es inferior a $14.050.000 el trámite
Notarial completo se realiza en 12 días hábiles. Con
documentación completa, en general, culminamos trámite notarial
completo en 26 días hábiles
UNION MARITAL DE HECHO
1.) ¿Que es la unión marital de hecho?
Es la relación voluntaria entre un hombre y una mujer que entre
sí no se encuentren casados, con una comunidad de vida
permanente y singular con notoriedad de este hecho. A los
integrantes de esta unión se les denomina compañeros
permanentes.
2.) ¿Cual es el objeto y causa de la unión
marital de hecho?
El objeto de la Unión Marital de hecho corresponde a las
obligaciones y derechos que surgen de la misma. Su causa
consiste en el fin perseguido por la unión, que puede ser la
procreación, la fidelidad, el respeto y la ayuda mutua.
3.) ¿Cuales son los requisitos?
Que el hombre y la mujer no se encuentren casados.
Que hagan una comunidad de vida permanente y singular.
La edad para que la mujer sea mayor de 12 años y el varón mayor
de 14 años.
4.) ¿Cuales son los elementos de la unión
marital de hecho?
Cohabitación, Singularidad, Permanencia
5.) ¿Que es la cohabitación?
Que el hombre y la mujer que van a conformar una unión marital
de hecho vivan bajo el mismo techo, y que esta sea conocida por
todos o un grupo de personas.
6.) ¿Que es la singularidad?
Quiere decir que sea una relación monogámica ( únicamente entre
los dos)
7.) ¿Que es la permanencia?
Quiere decir, que esta unión sea se halla dado por un lapso no
inferior a 2 años según la ley.
8.) ¿Entre quienes se conforman la unión
marital de hecho?
Entre un hombre y una mujer