Si el cuidado es compartido, la custodia conjunta y los derechos de acceso tambien ?

El modelo de fijación de las pensiones alimentarias para niños utiliza algunos términos para distinguir las distintas modalidades de cuidado a efectos del cálculo de la pensión alimentaria. Así pues, el modelo actual habla de cuidado exclusivo cuando un padre asume más de un 80% del tiempo de cuidado; si cada padre tiene el niño con él más del 40% del tiempo, se trata de un cuidado compartido.

Oirán también las expresiones cuidados conjuntos y cuidados alternados. Cuando los padres tienen la custodia conjunta, ejercen ambos al mismo tiempo su autoridad parental. El cuidado alternado es por su parte otra manera de designar el cuidado compartido : el niño está bajo el cuidado de cada uno de sus padres, en alternancia.

En cuanto a los derechos de acceso, tambien son llamados " derechos de salida " o " derechos de visita ", permite a los menores cuyo cuidado se confía a un padre de tener contactos con el otro.

No hay modelo universal de cuidado. Los tribunales disponen de un amplio poder discrecional en materia de fijación de las modalidades de cuidado, de tal modo que puedan responder lo mejor posible a las necesidades particulares de cada niño.
 

 

 

 

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