Despido con un convenio colectivo
El asalariado cuyas condiciones de trabajo se regulan por un
convenio colectivo podrá impugnar su despido recurriendo al
arbitraje de queja. El asalariado despedido a raíz del ejercicio
de un derecho o de una libertad sindical podrá presentar una
denuncia si los motivos del despido son irrazonables o
discriminatorios.
Así pues, el asalariado regulado por un convenio colectivo que
cree haber sido despedido injustamente debe colocar una queja
contra la decisión del patron, según las disposiciones
establecidas en este convenio colectivo. En principio, es el
sindicato acreditado que ejerce todos los recursos de conflicto
previstos en el texto del convenio colectivo en favor de los
asalariados, puesto a quien es el proprietario de las quejas.
Como contrapartida, el sindicato tiene la obligación de
representar equitativamente a todos los asalariados de la unidad
de negociación, sin discriminación. El convenio colectivo puede
no obstante autorizar a un asalariado a colocar solamente una
queja y a someter él mismo una queja al arbitraje.
Cuando la asociación acreditada defiende sus intereses, el
asalariado dispone en todo momento del derecho a estar presente
en la audiencia. Puede requerir de asesorarse por el jues, pero
no puede exigir de representarse por un abogado de su elección,
como se constituía una parte distinta, dado que la queja
pertenece en principio al sindicato.
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