Se me puede obligar a pagar una pensión alimentaria a mi hijo mayor el cual comparte los gastos de su apartamento con alguna otra persona ?
El hecho para un hijo mayor de vivir en apartamento con un
cónyuge o un coinquilino no excluye automáticamente su necesidad
de un apoyo por parte de sus padres.
Obviamente, las necesidades del hijo mayor se calculará en
función de la división de los gastos domésticos con la otra
persona. A veces, la formación que no se exime sigue cerca de la
casa de los padres. Otras veces, las relaciones entre el hijo
mayor y los padres dificultan demasiado la vida común a la
residencia familiar. El hecho de que los padres vivan juntos o
no y que el hijo mayor pueda vivir o no con su o sus padres no
son más que factores entre otros para evaluar la cuestión de la
concesión de una pensión alimentaria.
Por ejemplo, Luisa ha abandonado sus estudios hace un año y ha
ido a vivir en un apartamento en Bogotá con una amiga. Sus
padres no aceptaron su decisión. La joven mujer decide
finalmente terminar sus estudios en psicología y sus padres se
niegan de ayudarla financieramente. Además, sus relaciones son
demasiado tensas para que Luisa prevea volver a vivir con sus
padres. Entre todos los demás criterios que el tribunal deberá
analizar, el hecho que permanece en apartamento con su amiga no
volverá su solicitud de pensión alimentaria inadmisible por esta
sola razón.
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