Puedo cambiar a discreción de beneficiario ?     

Eso depende si en el momento de la propuesta de seguro, se nombró al beneficiario de manera revocable ( modificable ) o irrevocable (no modificable ). El beneficiario puede modificar a su manera a un beneficiario revocable, pero debe obtener el permiso del beneficiario irrevocable antes de nombrar otro.

En principio, la designación de un beneficiario es siempre revocable, excepto si se menciona en todas las cartas que ella será irrevocable. Solamente hay una excepción: si el beneficiario es el cónyuge casado o unido cortésmente del asegurado, es el contrario. La designación será automáticamente irrevocable a menos que él nos indique que ella es revocable.

Una persona no esta obligada a inscribir al beneficiario de su seguro de vida en la policía de seguro de vida de ella misma. Puede también hacerlo en un testamento. Si la designación se hace en un testamento, la designación será siempre revocable aunque se junta la mención "irrevocable" o incluso si se actúa del cónyuge casado o unido cortésmente.

 

 

 

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