Puedo cambiar a discreción de beneficiario ?
Eso depende si en el momento de la
propuesta de seguro, se nombró al beneficiario de manera
revocable ( modificable ) o irrevocable (no modificable ). El
beneficiario puede modificar a su manera a un beneficiario
revocable, pero debe obtener el permiso del beneficiario
irrevocable antes de nombrar otro.
En principio, la designación de un beneficiario es siempre
revocable, excepto si se menciona en todas las cartas que ella
será irrevocable. Solamente hay una excepción: si el
beneficiario es el cónyuge casado o unido cortésmente del
asegurado, es el contrario. La designación será automáticamente
irrevocable a menos que él nos indique que ella es revocable.
Una persona no esta obligada a inscribir al beneficiario de su
seguro de vida en la policía de seguro de vida de ella misma.
Puede también hacerlo en un testamento. Si la designación se
hace en un testamento, la designación será siempre revocable
aunque se junta la mención "irrevocable" o incluso si se actúa
del cónyuge casado o unido cortésmente.
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