A que me expongo si doy mala información a mi asegurador en el contrato ?     

La respuesta varía según el tipo de seguro:

En materia de seguro de daños
El asegurador puede pedir que el contrato de seguro esté declarado nulo y negarse a pagar la indemnización. El asegurador debe, no obstante, probar que el beneficiario ocultó información por mala fe, este dirá que él no respetó su obligación de ser transparente, que eligió "hacerse el inocente" ante una cuestión que no elevaba a interpretación, etc. El asegurador debe también probar que si hubiera conocido esta información, él no habría aceptado asegurarlo. Si el asegurador no llega a probar estos dos elementos, deberá pagar una indemnización ajustada para tener en cuenta las primas que él habría percibido si él hubiera tenido toda la información pertinente en su poder con relación a las primas percibidas en los hechos.

En materia de seguro de personas
El asegurador puede pedir que el contrato que esta en vigor hace menos de dos años esté declarado nulo y negarse a pagar la indemnización o la prestación. El asegurador debe no obstante probar que el beneficiario ocultó información por mala fe. Si el contrato de seguro está en vigor desde hace al menos dos años, el asegurador debe probar el fraude. Un fraude implica una intención de equivocarlo. No obstante, en materia de seguro de incapacidad, el asegurador no tiene que probar el fraude para no pagar la indemnización; puede limitarse a probar que el beneficiario ocultó información por mala fe.

 

 

 

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