A que me expongo si doy mala información a mi asegurador en el contrato ?
La respuesta varía según el tipo de seguro:
En materia de seguro de daños
El asegurador puede pedir que el contrato de seguro esté
declarado nulo y negarse a pagar la indemnización. El asegurador
debe, no obstante, probar que el beneficiario ocultó información
por mala fe, este dirá que él no respetó su obligación de ser
transparente, que eligió "hacerse el inocente" ante una cuestión
que no elevaba a interpretación, etc. El asegurador debe también
probar que si hubiera conocido esta información, él no habría
aceptado asegurarlo. Si el asegurador no llega a probar estos
dos elementos, deberá pagar una indemnización ajustada para
tener en cuenta las primas que él habría percibido si él hubiera
tenido toda la información pertinente en su poder con relación a
las primas percibidas en los hechos.
En materia de seguro de personas
El asegurador puede pedir que el contrato que esta en vigor hace
menos de dos años esté declarado nulo y negarse a pagar la
indemnización o la prestación. El asegurador debe no obstante
probar que el beneficiario ocultó información por mala fe. Si el
contrato de seguro está en vigor desde hace al menos dos años,
el asegurador debe probar el fraude. Un fraude implica una
intención de equivocarlo. No obstante, en materia de seguro de
incapacidad, el asegurador no tiene que probar el fraude para no
pagar la indemnización; puede limitarse a probar que el
beneficiario ocultó información por mala fe.
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